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# Código De Justicia Militar - Artículo 282

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO SEGUNDO - De los delitos, faltas, delincuentes y penas
- TITULO OCTAVO - Delitos contra la existencia y seguridad de la Fuerza Armada Permanente
- CAPITULO VIII - Falsa Alarma

```text
Artículo 282.- Quien intencionalmente ocasione una falsa alarma, o que en marcha o en campamento, guarnición, cuartel o dependencia cause intencionalmente una confusión o desorden en la tropa y sus equivalentes en la Armada o en las formaciones de los buques, o aeronaves, en las dotaciones o en la población donde las fuerzas estuvieren, será sancionado:
Párrafo reformado DOF 16-07-2025

I.- 	Con seis meses de prisión en tiempo de paz;

II.-	Con un año de prisión estando en campaña, y
Fracción reformada DOF 16-07-2025

III. 	Con pena de treinta a sesenta años de prisión, si estando frente al enemigo, se hubiere causado daño a las tropas, embarcaciones o aeronaves.
Fracción reformada DOF 29-06-2005
```

## Resumen corto

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Regla de CJM sobre sanciones y cumplimiento: Quien intencionalmente ocasione una falsa alarma, o que en marcha o en campamento, guarnición, cuartel o dependencia cause intencionalmente una confusión o desorden en...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Quien intencionalmente ocasione una falsa alarma, o que en marcha o en campamento, guarnición, cuartel o dependencia cause intencionalmente una confusión o desorden en la tropa y sus equivalentes en la Armada o en las formaciones de los buques, o aeronaves...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 282 CJM, sanciones y cumplimiento, artículo 282 codigo de justicia militar, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 282 de CJM.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Plazo
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 282 de CJM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Quien intencionalmente ocasione una falsa alarma, o que en marcha o en campamento, guarnición, cuartel o dependencia cause intencionalmente una confusión o desorden en la tropa y sus equivalentes en la Armada o en las formaciones de los buques, o aeronaves...

### ¿Para qué sirve artículo 282?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cjm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CJM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CJM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
