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# Código De Justicia Militar - Artículo 307

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO SEGUNDO - De los delitos, faltas, delincuentes y penas
- TITULO NOVENO - Delitos contra la jerarquía y la autoridad
- CAPITULO IV - Asonada

```text
Artículo 307.- Si consumado el motín, en campaña, el personal que tomare parte en él, volviere al orden, antes de cometerse algún otro delito, será sancionado con diez años de prisión, si hubiere promovido, instigado o sido cabecilla de la asonada; y con cinco años de prisión los demás amotinados.

En tiempo de paz se reducirán a la mitad las sanciones señaladas.

En ambos casos no sufrirá sanción alguna los soldados que justifiquen haberse amotinado contra su voluntad y que no pudieron abandonar las filas.
Artículo reformado DOF 16-07-2025
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## Resumen corto

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Regla de CJM sobre sanciones y cumplimiento: Si consumado el motín, en campaña, el personal que tomare parte en él, volviere al orden, antes de cometerse algún otro delito, será sancionado con diez años de prisión...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Si consumado el motín, en campaña, el personal que tomare parte en él, volviere al orden, antes de cometerse algún otro delito, será sancionado con diez años de prisión, si hubiere promovido, instigado o sido cabecilla de la asonada;

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 307 CJM, sanciones y cumplimiento, artículo 307 codigo de justicia militar, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 307 de CJM.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Plazo
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 307 de CJM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Si consumado el motín, en campaña, el personal que tomare parte en él, volviere al orden, antes de cometerse algún otro delito, será sancionado con diez años de prisión, si hubiere promovido, instigado o sido cabecilla de la asonada;

### ¿Para qué sirve artículo 307?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cjm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CJM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CJM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
