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law_title: "Código De Justicia Militar"
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# Código De Justicia Militar - Artículo 325

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO SEGUNDO - De los delitos, faltas, delincuentes y penas
- TITULO DECIMO - Delitos cometidos en ejercicio de las funciones militares o con motivo de ellas
- CAPITULO IV - Pillaje, devastación, merodeo, apropiación de botín, contrabando, saqueo y violencias contra las personas

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Artículo 325.- Se impondrá la pena de cinco años de prisión a quien valiéndose de su posición en la Fuerza Armada Permanente o aprovechándose en campaña del temor ocasionado por la guerra, y con objeto de una apropiación ilegítima, se haga entregar o arrebate del dominio ajeno, las cosas pertenecientes a los habitantes del lugar.
Artículo reformado DOF 16-07-2025
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## Resumen corto

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Regla de CJM sobre regla aplicable: Se impondrá la pena de cinco años de prisión a quien valiéndose de su posición en la Fuerza Armada Permanente o aprovechándose en campaña del temor ocasionado por la...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Se impondrá la pena de cinco años de prisión a quien valiéndose de su posición en la Fuerza Armada Permanente o aprovechándose en campaña del temor ocasionado por la guerra, y con objeto de una apropiación ilegítima, se haga entregar o arrebate del dominio...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 325 CJM, regla aplicable, artículo 325 codigo de justicia militar

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 325 de CJM.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Plazo
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 325 de CJM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Se impondrá la pena de cinco años de prisión a quien valiéndose de su posición en la Fuerza Armada Permanente o aprovechándose en campaña del temor ocasionado por la guerra, y con objeto de una apropiación ilegítima, se haga entregar o arrebate del dominio...

### ¿Para qué sirve artículo 325?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cjm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CJM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CJM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
