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# Código De Justicia Militar - Artículo 42

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO PRIMERO - De la organización y competencia
- TITULO TERCERO - De la organización del Ministerio Público
- CAPITULO II - Del Ministerio Público

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Artículo 42.- Para ser Fiscal Militar, deben llenarse los mismos requisitos que para ser juez de Tribunal Militar de Juicio Oral, su nombramiento será hecho por la Secretaría de la Defensa Nacional y otorgarán la protesta de ley ante el Fiscal General de Justicia Militar.
Artículo reformado DOF 09-04-2012, 13-06-2014, 16-05-2016
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## Resumen corto

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Regla de CJM sobre competencia de autoridades: Para ser Fiscal Militar, deben llenarse los mismos requisitos que para ser juez de Tribunal Militar de Juicio Oral, su nombramiento será hecho por la Secretaría de la...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para ser Fiscal Militar, deben llenarse los mismos requisitos que para ser juez de Tribunal Militar de Juicio Oral, su nombramiento será hecho por la Secretaría de la Defensa Nacional y otorgarán la protesta de ley ante el Fiscal General de Justicia Militar.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 42 CJM, competencia de autoridades, artículo 42 codigo de justicia militar, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad CJM

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 42 de CJM.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 42 de CJM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para ser Fiscal Militar, deben llenarse los mismos requisitos que para ser juez de Tribunal Militar de Juicio Oral, su nombramiento será hecho por la Secretaría de la Defensa Nacional y otorgarán la protesta de ley ante el Fiscal General de Justicia Militar.

### ¿Para qué sirve artículo 42?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cjm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CJM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CJM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
