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# Código De Justicia Militar - Artículo 51

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO PRIMERO - De la organización y competencia
- TITULO CUARTO - De la organización de la Defensoría de Oficio Militar
- CAPITULO I - Disposiciones preliminares

```text
Artículo 51.- La acción de la Defensoría de Oficio Militar, en favor de las personas militares imputadas quienes deban prestar sus servicios, no se limitará a los tribunales militares, sino se extenderá a los del orden común y federal, cuando los hechos tengan relación con actos del servicio.

La defensa es un derecho fundamental e irrenunciable que asiste al personal militar imputado.

Se entenderá por una defensa técnica la que debe realizar la Defensoría de Oficio Militar a favor de la persona imputada desde su detención y a lo largo de todo su proceso, sin perjuicio de los actos de defensa material que el propio imputado pueda llevar a cabo.
Artículo reformado DOF 16-05-2016, 16-07-2025
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## Resumen corto

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Regla de CJM sobre regla aplicable: La acción de la Defensoría de Oficio Militar, en favor de las personas militares imputadas quienes deban prestar sus servicios, no se limitará a los tribunales...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La acción de la Defensoría de Oficio Militar, en favor de las personas militares imputadas quienes deban prestar sus servicios, no se limitará a los tribunales militares, sino se extenderá a los del orden común y federal, cuando los hechos tengan relación con...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 51 CJM, regla aplicable, artículo 51 codigo de justicia militar

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 51 de CJM.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 51 de CJM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La acción de la Defensoría de Oficio Militar, en favor de las personas militares imputadas quienes deban prestar sus servicios, no se limitará a los tribunales militares, sino se extenderá a los del orden común y federal, cuando los hechos tengan relación con...

### ¿Para qué sirve artículo 51?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cjm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CJM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CJM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
