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# Código De Justicia Militar - Artículo 67

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO PRIMERO - De la organización y competencia
- TITULO QUINTO - De la competencia
- CAPITULO II - Tribunal Superior Militar y secretarios

```text
Artículo 67. Corresponde al pleno del Tribunal Superior Militar conocer:
Párrafo reformado DOF 16-05-2016

I.	De las competencias de jurisdicción que se susciten entre los órganos Jurisdiccionales Militares.
Fracción reformada DOF 16-05-2016

II.	De las excusas que sus miembros presenten para conocer de determinados negocios, las de los jueces y las recusaciones que se promuevan en contra de magistrados y jueces.
Fracción reformada DOF 16-05-2016

III.- 	de los recursos de su competencia;

IV.	Del recurso de revocación interpuesto en contra de sus resoluciones de trámite que se resuelvan sin sustanciación.
Fracción reformada DOF 16-05-2016

V.	(Se deroga).
Fracción derogada DOF 16-05-2016

VI.- 	Se deroga.
Fracción derogada DOF 13-06-2014

VII.- 	Se deroga.
Fracción derogada DOF 13-06-2014

VIII.- Se deroga.
Fracción reformada DOF 29-06-2005. Derogada DOF 13-06-2014

IX.- 	de consultas sobre dudas de ley que le dirijan los jueces;

X.- 	de la designación del magistrado que deberá practicar las visitas de cárceles y juzgados, dando las instrucciones que estime convenientes;

XI.- 	de lo demás que determinen las leyes y reglamentos. 
```

## Resumen corto

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Regla de CJM sobre sanciones y cumplimiento: Corresponde al pleno del Tribunal Superior Militar conocer:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Corresponde al pleno del Tribunal Superior Militar conocer:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 67 CJM, sanciones y cumplimiento, artículo 67 codigo de justicia militar, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 67 de CJM.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Sanción
- Procedimiento
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 67 de CJM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Corresponde al pleno del Tribunal Superior Militar conocer:

### ¿Para qué sirve artículo 67?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cjm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CJM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CJM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
