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law_key: "CJM"
title: "Código De Justicia Militar"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

El Código De Justicia Militar regula la organización de la justicia militar, las autoridades que intervienen en ella, el Ministerio Público Militar, la Defensoría de Oficio Militar, peritos, archivo, prisiones militares, responsabilidades, penas y delitos contra la disciplina militar. Su texto distingue la estructura institucional del fuero militar y contiene un catálogo amplio de conductas sancionadas, especialmente vinculadas con deberes de servicio, disciplina, seguridad militar, bienes militares, insubordinación, deserción, abuso de autoridad y delitos cometidos en funciones castrenses. Debe leerse junto con el Código Militar de Procedimientos Penales, porque este último regula el proceso acusatorio para investigar y juzgar delitos militares. Es una norma de uso especializado para justicia penal militar y disciplina de las Fuerzas Armadas.

## Qué regula

- La administración de la justicia militar y sus órganos jurisdiccionales.
- Tribunal Superior Militar, tribunales militares de juicio oral, juzgados militares de control y juzgados de ejecución.
- Ministerio Público Militar, Fiscalía General de Justicia Militar y agentes ministeriales.
- Defensoría de Oficio Militar y asistencia jurídica militar.
- Servicios periciales, archivo judicial, biblioteca, prisiones militares y ejecución de penas.
- Delitos contra la disciplina militar y sanciones penales militares.
- Reglas sobre penas, medidas disciplinarias, responsabilidades e incompatibilidades.
- Competencia del fuero militar y límites frente a personas civiles.

## A quién aplica

- Personal militar sujeto al fuero de guerra por delitos o faltas contra la disciplina militar.
- Tribunal Superior Militar y tribunales militares de juicio oral.
- Juzgados militares de control y de ejecución de sentencias.
- Fiscalía General de Justicia Militar y Ministerio Público Militar.
- Defensoría de Oficio Militar.
- Peritos militares y personal auxiliar de justicia militar.
- Secretaría de la Defensa Nacional, en funciones vinculadas con justicia militar.
- Víctimas, ofendidos, imputados y sentenciados en asuntos de competencia militar.

## Materias principales

- Justicia militar.
- Fuero de guerra y disciplina militar.
- Organización de tribunales militares.
- Fiscalía y Ministerio Público Militar.
- Defensoría militar.
- Delitos militares.
- Penas y ejecución de sentencias.
- Responsabilidad del personal militar.
- Seguridad, obediencia, servicio, mando y jerarquía.
- Reformas al sistema penal militar acusatorio.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Justicia militar | Sistema de autoridades y normas para conocer delitos y faltas contra la disciplina militar. |
| Tribunal Superior Militar | Órgano superior de justicia militar, integrado por presidencia y magistraturas. |
| Tribunal Militar de Juicio Oral | Órgano que conoce la etapa de juicio oral en asuntos militares. |
| Juzgado Militar de Control | Órgano que interviene en control judicial de investigación y etapas iniciales. |
| Juzgado Militar de Ejecución de Sentencias | Órgano encargado de ejecución de penas y sentencias militares. |
| Ministerio Público Militar | Autoridad encargada de investigar y ejercer acción penal militar. |
| Fiscalía General de Justicia Militar | Órgano ministerial militar previsto para la persecución de delitos del fuero militar. |
| Defensoría de Oficio Militar | Servicio de defensa para personas sujetas a proceso militar. |
| Fuero de guerra | Jurisdicción aplicable a delitos y faltas contra la disciplina militar, con límites constitucionales. |
| Disciplina militar | Conjunto de deberes, subordinación, servicio y obediencia protegidos por el Código. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Organización de justicia militar | 1 a 35 Quáter | Ubicar tribunales, juzgados, archivo, biblioteca y peritos. |
| Ministerio Público Militar | 36 a 62 | Revisar investigación, fiscalías y agentes ministeriales. |
| Defensoría militar | 63 a 87 | Identificar defensa de oficio y asistencia jurídica. |
| Prisiones y ejecución | 88 a 126 | Entender prisiones militares, ejecución y reglas de cumplimiento. |
| Penas | 127 a 151 | Revisar prisión, suspensión, destitución y otras consecuencias. |
| Delitos militares | Libro Segundo | Consultar el catálogo de delitos contra la disciplina militar. |
| Insubordinación, abuso y desobediencia | Títulos del Libro Segundo | Ubicar conductas ligadas a jerarquía, mando y obediencia. |
| Deserción y abandono | Libro Segundo | Revisar delitos por separación indebida del servicio. |
| Seguridad militar y operaciones | Libro Segundo | Identificar delitos contra seguridad, vigilancia, plazas y operaciones militares. |
| Procedimiento derogado o transitorio | Libro Tercero | Diferenciar partes históricas o derogadas por reformas procesales. |

## Plazos importantes

- En casos de flagrancia o urgencia, la retención ministerial se vincula con el plazo constitucional de cuarenta y ocho horas.
- La pena de prisión militar puede ir desde dieciséis días hasta sesenta años, según el delito y reglas aplicables.
- Algunas licencias internas mencionadas en el texto se miden en tres u ocho días, según la autoridad y el personal.
- Los plazos procesales actuales deben revisarse principalmente en el Código Militar de Procedimientos Penales.
- La ejecución de sentencias y beneficios se analizan con las reglas específicas de ejecución y con la legislación aplicable.

## Derechos principales

- Derecho al debido proceso en jurisdicción militar.
- Derecho de defensa adecuada mediante defensor particular o Defensoría de Oficio Militar.
- Derecho de víctimas u ofendidos a intervención conforme a las reglas procesales aplicables.
- Derecho a que el fuero militar no se extienda a personas civiles.
- Derecho a juez competente dentro de los órganos militares previstos.
- Derecho a que las penas se impongan conforme a ley previa y autoridad competente.

## Obligaciones principales

- Las autoridades militares deben administrar justicia dentro de sus competencias.
- El Ministerio Público Militar debe investigar y ejercer acción penal conforme a la ley.
- Los órganos jurisdiccionales militares deben respetar principios constitucionales y procesales.
- La Defensoría de Oficio Militar debe prestar defensa en los casos que correspondan.
- El personal militar debe observar disciplina, obediencia, servicio y deberes militares.
- La Secretaría de la Defensa Nacional debe intervenir en nombramientos y organización en los términos previstos.

## Autoridades relacionadas

- Tribunal Superior Militar.
- Tribunales Militares de Juicio Oral.
- Juzgados Militares de Control.
- Juzgados Militares de Ejecución de Sentencias.
- Fiscalía General de Justicia Militar.
- Ministerio Público Militar.
- Defensoría de Oficio Militar.
- Secretaría de la Defensa Nacional.
- Coordinación de Servicios Periciales y Ciencias Forenses.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Denuncia o querella por delitos de competencia militar.
- Investigación ministerial militar.
- Ejercicio de acción penal militar.
- Audiencias ante juzgados militares de control.
- Juicio oral militar.
- Ejecución de sentencias militares.
- Defensa de oficio militar.
- Dictámenes periciales militares.
- Cumplimiento de penas en prisiones militares.
- Recursos y revisión conforme al procedimiento aplicable.

## Sanciones o consecuencias

- Prisión militar.
- Suspensión, destitución o separación del empleo militar, cuando proceda.
- Penas específicas por delitos contra la disciplina militar.
- Consecuencias por deserción, insubordinación, desobediencia, abuso de autoridad o abandono de servicio.
- Responsabilidad por actos que afecten seguridad, bienes, operaciones o mando militar.
- Nulidad o responsabilidad procesal cuando actos de autoridad vulneren garantías aplicables.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1o | Enumera los órganos que administran justicia militar. |
| 2o | Señala auxiliares de la administración de justicia militar. |
| 3o | Regula integración del Tribunal Superior Militar. |
| 7o | Prevé nombramiento de presidencia y magistraturas del Tribunal Superior Militar. |
| 9o | Establece funcionamiento del Tribunal Superior Militar. |
| 9o Bis | Regula los tribunales militares de juicio oral. |
| 30 Ter | Prevé juzgados militares de control. |
| 30 Sextus | Prevé juzgados militares de ejecución de sentencias. |
| 35 Bis | Regula servicios periciales y ciencias forenses. |
| 36 | Señala al Ministerio Público como autoridad para ejercitar acción penal. |
| 63 | Ubica el régimen de defensa militar. |
| 128 | Define la pena de prisión militar. |

## Leyes relacionadas

- [Código Militar De Procedimientos Penales](/CMPP/)
- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Código Nacional De Procedimientos Penales](/CNPP/)
- [Ley De Disciplina Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional](/LDEFAGN/)
- [Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos](/LOEFAM/)
- [Ley De La Guardia Nacional](/LGN/)
- [Ley Nacional De Ejecución Penal](/LNEP/)

## Reformas y vigencia

El texto fuente indica que el Código fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 1933 y que su última reforma publicada corresponde al 16 de julio de 2025. Varias disposiciones procesales históricas fueron derogadas o reformadas por la transición al sistema penal militar acusatorio, por lo que debe leerse junto con el Código Militar de Procedimientos Penales.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata el Código De Justicia Militar?

Regula la organización de la justicia militar y establece delitos, penas y autoridades relacionadas con la disciplina militar y el fuero de guerra.

### ¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para identificar autoridades militares de justicia, delitos contra la disciplina militar, penas aplicables y reglas orgánicas del fuero militar.

### ¿Este Código regula el procedimiento penal militar?

Regula parte de la organización y varios aspectos sustantivos, pero el procedimiento acusatorio se consulta principalmente en el Código Militar de Procedimientos Penales.

### ¿A quién puede aplicarse?

Principalmente a personal militar sujeto al fuero de guerra por delitos o faltas contra la disciplina militar, sin extender jurisdicción militar a civiles.

### ¿Qué autoridades aparecen en esta ley?

El Tribunal Superior Militar, tribunales de juicio oral, juzgados militares de control y ejecución, Ministerio Público Militar, Fiscalía Militar y Defensoría de Oficio Militar.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cjm.htm)
- Word oficial: [CJM.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CJM.doc)
- PDF oficial: [CJM.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CJM.pdf)
- PDF móvil: [Codigo_de_Justicia_Militar.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Codigo_de_Justicia_Militar.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.
