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# Código Militar De Procedimientos Penales - Artículo 428

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO SEGUNDO - DEL PROCEDIMIENTO
- TÍTULO X - RECURSOS
- CAPÍTULO II - RECURSOS EN PARTICULAR
- SECCIÓN II - Apelación

```text
Artículo 428. Resoluciones del Juez de control apelables
Serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Juez de control:

I.	Las que nieguen el anticipo de prueba.

II.	Las que nieguen la posibilidad de celebrar acuerdos reparatorios o no los ratifiquen.

III.	La negativa o cancelación de orden de aprehensión.

IV.	La negativa de orden de cateo.

V.	Las que se pronuncien sobre las providencias precautorias o medidas cautelares.

VI.	Las que pongan término al procedimiento o lo suspendan.

VII.	El auto que resuelve la vinculación del imputado a proceso.

VIII.	Las que concedan, nieguen o revoquen la suspensión condicional del proceso.

IX.	La negativa de abrir el procedimiento abreviado.

X.	La sentencia definitiva dictada en el procedimiento abreviado.

XI.	Las que excluyan algún medio de prueba.
```

## Resumen corto

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Regla de CMPP sobre regla aplicable: Resoluciones del Juez de control apelables Serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Juez de control:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Resoluciones del Juez de control apelables Serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Juez de control:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 428 CMPP, regla aplicable, artículo 428 codigo militar de procedimientos penales

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 428 de CMPP.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 428 de CMPP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Resoluciones del Juez de control apelables Serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Juez de control:

### ¿Para qué sirve artículo 428?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cmpp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CMPP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CMPP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
