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# Código Militar De Procedimientos Penales - Artículo 61

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- TÍTULO IV - ACTOS PROCEDIMENTALES
- CAPÍTULO II - AUDIENCIAS

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Artículo 61. Asistencia de la persona imputada a las audiencias
Si la persona militar imputada se encuentra privada de su libertad, el Órgano jurisdiccional militar determinará las medidas especiales de seguridad o los mecanismos necesarios para garantizar el adecuado desarrollo de la audiencia: impedir la fuga o la realización de actos de violencia de parte de la persona militar imputada o en su contra.

Si dicha persona está en libertad, asistirá a la audiencia el día y hora en que se determine; en caso de no presentarse, el Órgano jurisdiccional militar podrá imponerle un medio de apremio y en su caso, previa solicitud del Ministerio Público, ordenar su comparecencia.

Cuando la persona militar imputada haya sido vinculada a proceso, se encuentre en libertad, deje de asistir a una audiencia, el Ministerio Público solicitará al Órgano jurisdiccional militar la imposición de una medida cautelar o la modificación de la ya impuesta.
Artículo reformado DOF 16-07-2025
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## Resumen corto

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Regla de CMPP sobre derechos de audiencias y contenidos: Asistencia de la persona imputada a las audiencias Si la persona militar imputada se encuentra privada de su libertad, el Órgano jurisdiccional militar determinará las...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. Asistencia de la persona imputada a las audiencias Si la persona militar imputada se encuentra privada de su libertad, el Órgano jurisdiccional militar determinará las medidas especiales de seguridad o los mecanismos necesarios para garantizar el adecuado...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 61 CMPP, derechos de audiencias y contenidos, artículo 61 codigo militar de procedimientos penales, derechos de audiencias, radiodifusión México, contenidos audiovisuales, Ministerio Público, Órgano jurisdiccional militar, Audiencias

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 61 de CMPP.
- Práctica: revisar derechos de audiencias, programación, publicidad o contenidos.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Audiencias

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Ministerio Público | El Ministerio Público Militar | 3 |
| Órgano jurisdiccional militar | Los Jueces Militares; de Control, de Ejecución de Sentencias, Tribunal Militar de Juicio Oral y Tribunal Superior Militar | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 61 de CMPP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. Asistencia de la persona imputada a las audiencias Si la persona militar imputada se encuentra privada de su libertad, el Órgano jurisdiccional militar determinará las medidas especiales de seguridad o los mecanismos necesarios para garantizar el adecuado...

### ¿Para qué sirve artículo 61?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cmpp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CMPP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CMPP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
