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law_title: "Código Militar De Procedimientos Penales"
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# Código Militar De Procedimientos Penales - Artículo 83

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- TÍTULO IV - ACTOS PROCEDIMENTALES
- CAPÍTULO V - NOTIFICACIONES Y CITACIONES

```text
Artículo 83. Notificaciones a Defensores o Asesores jurídicos
Cuando se designe persona defensora o persona asesora jurídica y éstos sean particulares, las notificaciones deberán ser dirigidas a éstos, sin perjuicio de notificar a la persona militar imputada y a la víctima u ofendido, según sea el caso, cuando la ley o la naturaleza del acto así lo exijan.

Cuando la persona militar imputada tenga varias personas defensoras, deberá notificarse al representante común, en caso de que lo hubiere, sin perjuicio de que otros acudan a la oficina del Ministerio Público o del Órgano jurisdiccional militar para ser notificados. La misma disposición se aplicará a las personas asesoras jurídicas.
Artículo reformado DOF 16-07-2025
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## Resumen corto

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Regla de CMPP sobre regla aplicable: Notificaciones a Defensores o Asesores jurídicos Cuando se designe persona defensora o persona asesora jurídica y éstos sean particulares, las notificaciones deberán ser...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Notificaciones a Defensores o Asesores jurídicos Cuando se designe persona defensora o persona asesora jurídica y éstos sean particulares, las notificaciones deberán ser dirigidas a éstos, sin perjuicio de notificar a la persona militar imputada y a la...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 83 CMPP, regla aplicable, artículo 83 codigo militar de procedimientos penales, Ministerio Público, Órgano jurisdiccional militar, Víctima u Ofendido

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 83 de CMPP.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Ministerio Público | El Ministerio Público Militar | 3 |
| Órgano jurisdiccional militar | Los Jueces Militares; de Control, de Ejecución de Sentencias, Tribunal Militar de Juicio Oral y Tribunal Superior Militar | 3 |
| Víctima u Ofendido | Serán considerados como tal, exclusivamente respecto de delitos de la competencia de la Jurisdicción Militar | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 83 de CMPP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Notificaciones a Defensores o Asesores jurídicos Cuando se designe persona defensora o persona asesora jurídica y éstos sean particulares, las notificaciones deberán ser dirigidas a éstos, sin perjuicio de notificar a la persona militar imputada y a la...

### ¿Para qué sirve artículo 83?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cmpp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CMPP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CMPP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
