# Código Penal Federal - Artículo 173

Clave: CPF
Artículo: 173
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Segundo
TÍTULO Quinto
CAPÍTULO II
Artículo 173
.- Se aplicarán de tres a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad:
Párrafo reformado DOF
,
I
- Al que abra indebidamente una comunicación escrita que no esté dirigida a él, y
II
- Al que indebidamente intercepte una comunicación escrita que no esté dirigida a él, aunque la conserve cerrada y no se imponga de su contenido.
II
os delitos previstos en este artículo se perseguirán por querella.
Párrafo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Penal Federal, artículo 173.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
