# Código Penal Federal - Artículo 180

Clave: CPF
Artículo: 180
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Segundo
TÍTULO Sexto
CAPÍTULO I
Artículo 180
.- Se aplicarán de uno a dos años de prisión y multa de diez a mil pesos: al que, empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal.
Fe de erratas al artículo DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Penal Federal, artículo 180.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
