# Código Penal Federal - Artículo 3o

Clave: CPF
Artículo: 3o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
TÍTULO Preliminar
Artículo 3o
.- Los delitos continuos cometidos en el extranjero, que se sigan cometiendo en la República, se perseguirán con arreglo a las leyes de ésta, sean mexicanos o extranjeros los delincuentes.
La misma regla se aplicará en el caso de delitos continuados.
Párrafo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Penal Federal, artículo 3o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
