# Código Penal Federal - Artículo 6o

Clave: CPF
Artículo: 6o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
TÍTULO Preliminar
Artículo 6o
.- Cuando se cometa un delito no previsto en
este Código
, pero sí en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicarán éstos, tomando en cuenta las disposiciones del Libro Primero del
presente Código
y, en su caso, las conducentes del Libro Segundo.
Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, la especial prevalecerá sobre la general.
En caso de delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes siempre se procurará el interés superior de la infancia que debe prevalecer en toda aplicación de ley.
Párrafo adicionado DOF
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Penal Federal, artículo 6o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
