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law_title: "Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público"
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# Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público - Artículo 104

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Séptimo - De la Solución de las Controversias
- Capítulo Primero - De la Instancia de Inconformidad

```text
Artículo 104. La resolución que emita la autoridad podrá:
I.	Desechar la inconformidad;
II.	Sobreseer en la instancia;
III.	Declarar infundada la inconformidad;
IV.	Declarar que los motivos de inconformidad resultan inoperantes para decretar la nulidad del acto impugnado, cuando las violaciones alegadas no resulten suficientes para afectar su contenido;
V.	Decretar la nulidad total del procedimiento de contratación;
VI.	Decretar la nulidad del acto impugnado, para efectos de su reposición, subsistiendo la validez del procedimiento o acto en la parte que no fue materia de la declaratoria de nulidad, y
VII.	Ordenar la firma del contrato, cuando haya resultado fundada la inconformidad promovida en términos del artículo 95, fracción V, de esta Ley.
En los casos de las fracciones II y III de este artículo, cuando la inconformidad se haya promovido con el propósito de retrasar o entorpecer la contratación, se sancionará al inconforme, previo procedimiento, en términos del artículo 89, primer párrafo de la presente Ley. Para ese efecto, podrá tomarse en consideración la conducta de los licitantes o postulantes en el diálogo competitivo en anteriores procedimientos de contratación o de inconformidad.
La resolución que ponga fin a la instancia de inconformidad o, en su caso, a la intervención de oficio podrá impugnarse por el inconforme o tercero interesado mediante el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, o bien, cuando proceda, ante las instancias jurisdiccionales competentes.
```

## Resumen corto

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Regla de LAASSP sobre sanciones y cumplimiento: La resolución que emita la autoridad podrá:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La resolución que emita la autoridad podrá:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 104 LAASSP, sanciones y cumplimiento, artículo 104 ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector publico, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 104 de LAASSP.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 95
- 89

## Leyes que cita este artículo

- Ley Federal De Procedimiento Administrativo (`LFPA`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 104 de LAASSP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La resolución que emita la autoridad podrá:

### ¿Para qué sirve artículo 104?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/laassp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAASSP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAASSP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
