---
law_key: "LAASSP"
law_title: "Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público"
article_key: "69"
article_label: "Artículo 69"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-69
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LAASSP/articulo/69/"
---

# Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público - Artículo 69

<!-- mley:article law="LAASSP" article="69" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Tercero - De los Contratos
- Capítulo Único

```text
Artículo 69. Los proveedores que celebren los contratos a que se refiere esta Ley deberán garantizar:
I.	Los anticipos que, en su caso, reciban. Estas garantías deberán constituirse por la totalidad del monto de los anticipos, y
II.	El cumplimiento de los contratos.
Para los efectos de este artículo, la persona titular de las dependencias o los órganos de gobierno de las entidades, fijarán las bases, forma y porcentajes a los que deberán sujetarse las garantías que deban constituirse, considerando los antecedentes de cumplimiento de los proveedores en los contratos celebrados con las dependencias y entidades, a efecto de determinar montos menores para estos, de acuerdo a los lineamientos que al efecto emita la Secretaría. En los casos señalados en los artículos 54, fracciones II, IV, V, XI y XIV, y 55 de esta Ley, y en las órdenes de suministro o de servicio, la persona servidora pública que deba firmar el contrato, bajo su responsabilidad, podrá exceptuar al proveedor de presentar la garantía de cumplimiento del contrato respectivo.
La garantía de cumplimiento del contrato deberá presentarse en el plazo o fecha previstos en la convocatoria a la licitación; en su defecto, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo y, la correspondiente al anticipo se presentará previamente a la entrega de este, a más tardar en la fecha establecida en el contrato.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LAASSP sobre competencia de autoridades: Los proveedores que celebren los contratos a que se refiere esta Ley deberán garantizar:

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los proveedores que celebren los contratos a que se refiere esta Ley deberán garantizar:

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 69 LAASSP, competencia de autoridades, artículo 69 ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector publico, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LAASSP, Dependencias, Entidades, Proveedor, Secretaría

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 69 de LAASSP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Derecho o facultad
- Obligación
- Plazo

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Dependencias | las señaladas en las fracciones I y II del artículo 1 de esta Ley | 5 |
| Entidades | las mencionadas en las fracciones III y IV del artículo 1 de esta Ley | 5 |
| Proveedor | la persona que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios | 5 |
| Secretaría | la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno | 5 |

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 54
- 55

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 69 de LAASSP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los proveedores que celebren los contratos a que se refiere esta Ley deberán garantizar:

### ¿Para qué sirve artículo 69?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/laassp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAASSP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAASSP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
