# Ley De Aviación Civil - Artículo 14

Clave: LAC
Artículo: 14
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 14
. Las concesiones o los permisos terminan por:
Vencimiento del plazo establecido en la concesión o de la prórroga que, en su caso, se hubiere otorgado;
Renuncia del titular;
Revocación;
Desaparición del objeto de la concesión o el permiso, y
Liquidación o quiebra del titular.
V
a terminación de la concesión o del permiso no extingue las obligaciones contraídas por el titular durante su vigencia.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Aviación Civil, artículo 14.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
