# Ley De Aviación Civil - Artículo 17

Clave: LAC
Artículo: 17
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 17
. En la prestación de los servicios de transporte aéreo se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones máximas de seguridad de la aeronave y de su operación, a fin de proteger la integridad física de los usuarios y de sus bienes, así como la de terceros.
Los servicios deberán prestarse de manera permanente y uniforme, en condiciones equitativas y no discriminatorias en cuanto a calidad, oportunidad y precio.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Aviación Civil, artículo 17.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
