# Ley De Aviación Civil - Artículo 51

Clave: LAC
Artículo: 51
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 51
. Para los servicios de transporte aéreo internacional, el contrato de transporte aéreo de pasajeros se sujetará a lo dispuesto en los tratados y a
esta Ley
.
Para este tipo de servicios, el concesionario o permisionario deberá exigir a los pasajeros la presentación de los documentos oficiales que acrediten su legal internación al país de destino del vuelo respectivo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Aviación Civil, artículo 51.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
