# Ley De Aviación Civil - Artículo 78 quaterdecies

Clave: LAC
Artículo: 78 quaterdecies
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-10-12

## Texto vigente

Artículo 78 quaterdecies . La Agencia Federal de Aviación Civil tiene, en materia de seguridad de la aviación civil, las atribuciones siguientes:
I. Elaborar, implementar y mantener el Programa General de Control de Calidad de la Seguridad de la Aviación Civil, previa aprobación de la persona titular de la Secretaría;
II. Vigilar y verificar que se establezcan procedimientos para el tratamiento del equipaje no identificado y los objetos sospechosos, de conformidad con las disposiciones técnico-administrativas correspondientes;
III. Vigilar y verificar que el equipaje facturado en tránsito se inspeccione antes de cargarse en una aeronave que realice operaciones de transporte aéreo comercial, a menos que la Agencia Federal de Aviación Civil haya autorizado un procedimiento de validación y aplique procedimientos permanentes para asegurar que ese equipaje facturado se haya inspeccionado en el punto de origen y protegido luego contra interferencias no autorizadas, desde el aeropuerto de origen hasta su carga en la aeronave de salida, en el aeropuerto de tránsito;
IV. Vigilar y verificar que las personas concesionarias, asignatarias o permisionarias del transporte aéreo comercial transporten únicamente artículos del equipaje facturado identificados individualmente, ya sea como equipaje acompañado o no acompañado, e inspeccionados de conformidad con las disposiciones técnico-administrativas emitidas para tal efecto;
V. Vigilar y verificar que la carga y correo que trasladan las personas concesionarias, asignatarias o permisionarias que realicen operaciones de transporte aéreo comercial, se sometan a controles de seguridad, inspección y vigilancia antes de ser cargados en una aeronave, y
VI. Establecer en las disposiciones técnico-administrativas aplicables los requisitos para las personas concesionarias, asignatarias o permisionarias del transporte aéreo relativos al traslado de personas pasajeras que viajen bajo coacción, por haber sido sometidas a procedimientos judiciales o administrativos.
Artículo adicionado DOF 03-05-2023

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Aviación Civil, artículo 78 quaterdecies.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
