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law_title: "Ley De Ahorro Y Crédito Popular"
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# Ley De Ahorro Y Crédito Popular - Artículo 113

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título adicionado DOF 13-08-2009 (queda integrado con los existentes artículos 113 a 115 y 115 Bis)

```text
Artículo 113.- Los organismos autorregulatorios de las Sociedades Financieras Populares tendrán por objeto implementar estándares de conducta y operación entre sus agremiados, a fin de contribuir al sano desarrollo de las Sociedades Financieras Populares. Dichos organismos podrán ser de diverso tipo acorde con las actividades que realicen.

Tendrán el carácter de organismos autorregulatorios de las Sociedades Financieras Populares las asociaciones o sociedades gremiales de Sociedades Financieras Populares que, a solicitud de aquellas, sean reconocidas con tal carácter por la Comisión, previo acuerdo de su Junta de Gobierno.
Artículo reformado DOF 13-08-2009
```

## Resumen corto

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Regla de LACP sobre competencia de autoridades: Los organismos autorregulatorios de las Sociedades Financieras Populares tendrán por objeto implementar estándares de conducta y operación entre sus agremiados, a fin de...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los organismos autorregulatorios de las Sociedades Financieras Populares tendrán por objeto implementar estándares de conducta y operación entre sus agremiados, a fin de contribuir al sano desarrollo de las Sociedades Financieras Populares.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 113 LACP, competencia de autoridades, artículo 113 ley de ahorro y credito popular, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LACP, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 113 de LACP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 113 de LACP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Los organismos autorregulatorios de las Sociedades Financieras Populares tendrán por objeto implementar estándares de conducta y operación entre sus agremiados, a fin de contribuir al sano desarrollo de las Sociedades Financieras Populares.

### ¿Para qué sirve artículo 113?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lacp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LACP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LACP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
