# Ley De Aguas Nacionales - Artículo 103

Clave: LAN
Artículo: 103
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 103
. Las concesiones a que se refiere la fracción III del Artículo anterior, se sujetarán a lo dispuesto en el presente Capítulo y a los reglamentos de la
presente Ley
.
"La Comisión" fijará las bases mínimas para participar en el concurso para obtener las concesiones a que se refiere este Capítulo, en los términos de
esta Ley
y sus reglamentos. La selección entre las empresas participantes en el concurso se hará con base en las tarifas mínimas que respondan a los criterios de seriedad, confiabilidad y calidad establecidas en las bases que para cada caso establezca "la Comisión".
Fe de erratas al artículo DOF
. Reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Aguas Nacionales, artículo 103.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
