# Ley De Aguas Nacionales

> La Ley De Aguas Nacionales es reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia de aguas nacionales. Regula la explotación, uso, aprovechamiento, distribución, control, preservación de cantidad y calidad de las aguas nacionales, así como bienes públicos inherentes. Define conceptos como aguas nacionales, acuífero, concesión, asignación, descarga, aguas residuales, cuenca, organismos de cuenca y Comisión Nacional del Agua. También establece autoridades, planificación hídrica, consejos de cuenca, concesiones, permisos de descarga, zonas reglamentadas, veda, reservas, Registro Público de Derechos de Agua, infracciones y sanciones. Es una ley central para usuarios de agua, municipios...

Clave: LAN
Última actualización en mLey: 2026-05-18

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## Artículos principales

Selección de navegación: primeros artículos disponibles en el índice; no implica relevancia jurídica.

- [Artículo 1 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/1/index.html.md): Artículo 1 . La presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; es de observancia general en todo...
- [Artículo 2 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/2/index.html.md): Artículo 2 . Las disposiciones de esta Ley son aplicables a todas las aguas nacionales, sean superficiales o del subsuelo. Estas disposiciones también son aplicables a los bienes nacionales...
- [Artículo 3 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/3/index.html.md): Artículo 3 . Para los efectos de esta Ley se entenderá por: "Aguas Nacionales": Son aquellas referidas en el Párrafo Quinto del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos...
- [Artículo 4 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/4/index.html.md): Artículo 4 . La autoridad y administración en materia de aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes corresponde al Ejecutivo Federal, quien la ejercerá directamente o a través de...
- [Artículo 5 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/5/index.html.md): Artículo 5 . Para el cumplimiento y aplicación de esta Ley , el Ejecutivo Federal: Promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de los estados y de los municipios, sin afectar...
- [Artículo 6 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/6/index.html.md): Artículo 6 . Compete al Ejecutivo Federal: Reglamentar por cuenca hidrológica y acuífero, el control de la extracción así como la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales...
- [Artículo 7 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/7/index.html.md): Artículo 7 . Se declara de utilidad pública: La gestión integrada de los recursos hídricos, superficiales y del subsuelo, a partir de las cuencas hidrológicas en el territorio nacional,...
- [Artículo 7 bis en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/7-bis/index.html.md): Artículo 7 bis . Se declara de interés público: La cuenca conjuntamente con los acuíferos como la unidad territorial básica para la gestión integrada de los recursos hídricos; La...
- [Artículo 8 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/8/index.html.md): Artículo 8 . Son atribuciones del Secretario del Medio Ambiente y Recursos Naturales: Proponer al Ejecutivo Federal la política hídrica del país; Proponer al Ejecutivo Federal los proyectos...
- [Artículo 9 en Markdown](https://mley.mx/LAN/articulo/9/index.html.md): Artículo 9 . "La Comisión" es un órgano administrativo desconcentrado de "la Secretaría", que se regula conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, de la Ley Orgánica de la...

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