# Ley De La Agencia Nacional De Seguridad Industrial Y De Protección Al Medio Ambiente Del Sector Hidrocarburos - Artículo sexto

Clave: LANSI
Artículo: sexto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
sexto.
. La Secretaría, la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de Energía y Petróleos Mexicanos deberán instaurar un procedimiento de coordinación con la Agencia, a fin de transmitir toda la información, procedimientos, expedientes, estadística y cualquier otra documentación que tengan en su poder, correspondiente a las atribuciones, competencias y facultades de la Agencia.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De La Agencia Nacional De Seguridad Industrial Y De Protección Al Medio Ambiente Del Sector Hidrocarburos, artículo sexto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
