# Ley De Asociaciones Religiosas Y Culto Público - Artículo cuarto

Clave: LARCP
Artículo: cuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo cuarto
.- Los juicios y procedimientos de nacionalización que se encontraren pendientes al tiempo de la entrada en vigor del
presente ordenamiento
, continuarán tramitándose de acuerdo con las disposiciones aplicables de la Ley de Nacionalización de Bienes, reglamentaria de la fracción II del Artículo
27
Constitucional, publicada en el
el 31 de diciembre de 1940.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Asociaciones Religiosas Y Culto Público, artículo cuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
