# Ley De Ascensos Y Recompensas Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional - Artículo 39

Clave: LAREFAGN
Artículo: 39
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 39
.- Los nombramientos de los Cabos, Sargentos Segundos y Primeros, serán firmados por los Directores de las Armas, de los Servicios o por la Comandancia de la Guardia Nacional, según corresponda.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Ascensos Y Recompensas Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional, artículo 39.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
