---
law_key: "LASoc"
law_title: "Ley De Asistencia Social"
article_key: "33"
article_label: "Artículo 33"
article_type: "ordinary"
slug: articulo-33
source: diputados
content_level: article
canonical_path: "/LASoc/articulo/33/"
---

# Ley De Asistencia Social - Artículo 33

<!-- mley:article law="LASoc" article="33" type="ordinary" source="diputados" status="draft" -->

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VI - Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

```text
Artículo 33.- La Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades:

a) Representar al Organismo con las facultades que establezcan las leyes para actos de dominio y de administración y para pleitos y cobranzas;

b) Aprobar los planes de labores, presupuestos, informes de actividades y estados financieros anuales;

c) Aprobar el Estatuto Orgánico, la organización general del Organismo y los Manuales de Procedimientos y de Servicios al Público;

d) Ratificar la designación y remoción a propuesta del Director General del Organismo, a los servidores públicos de nivel inmediato inferior;

e) Conocer los informes, dictámenes y recomendaciones del Comisario y del Auditor Externo;

f) Aprobar la aceptación de herencias, legados, donaciones y demás liberalidades que le correspondan al Organismo;

g) Estudiar y aprobar los proyectos de inversión;

h) Conocer y aprobar los acuerdos de Coordinación que hayan de celebrarse con dependencias y entidades públicas federales, estatales y del Distrito Federal;

i) Determinar la integración de Comités Técnicos y grupos de trabajo temporales;

j) Aprobar los programas que en materia de asistencia social pública formule El Organismo, y

k) Las demás que sean necesarias para el ejercicio de las facultades anteriores.
```

## Resumen corto

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Regla de LASoc sobre regla aplicable: La Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades:

## Explicación sencilla

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades:

## Para qué sirve este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 33 LASoc, regla aplicable, artículo 33 ley de asistencia social

## Intención de búsqueda

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Informacional: entender qué dice artículo 33 de LASoc.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

<!-- mley:faq-source type="autogenerated" status="draft" -->
### ¿Qué dice artículo 33 de LASoc?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades:

### ¿Para qué sirve artículo 33?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lasoc.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LASoc.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LASoc.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
