# Ley Aduanera - Artículo 180

Clave: LAdua
Artículo: 180
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 180
. Cometen la infracción de circulación indebida dentro del recinto fiscal quienes circulen en vehículos dentro de dichos recintos sin sujetarse a los lineamientos de circulación establecidos por las autoridades aduaneras y quienes en vehículo o sin él se introduzcan sin estar autorizados para ello, a zonas de los recintos fiscales cuyo acceso esté restringido.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Aduanera, artículo 180.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
