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law_title: "Ley De Aeropuertos"
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# Ley De Aeropuertos - Artículo 73 BIS

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo adicionado DOF 03-05-2023

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ARTICULO 73 BIS. La Agencia Federal de Aviación Civil tiene como un objetivo primordial la seguridad de las personas usuarias, de las tripulaciones, de las personas que prestan servicios en tierra y de todas las personas dentro de los aeródromos civiles contra los actos siguientes:

I. 	Apoderamiento ilícito de aeronaves;

II. 	Destrucción de una aeronave en servicio;

III. 	Toma de rehenes a bordo de aeronaves o en los aeródromos;

IV. 	Intrusión por la fuerza en una aeronave, en un aeropuerto o en el recinto de una instalación aeronáutica;

V. 	Introducción, a bordo de una aeronave o en un aeropuerto, de armas, artefactos o sustancias peligrosas, sin la autorización correspondiente;

VI. 	El uso de una aeronave en servicio que cause la muerte, lesiones corporales graves o daños graves a los bienes o al medio ambiente, y

VII. 	Comunicación de información falsa que comprometa la seguridad de una aeronave en vuelo, o en tierra, o la seguridad de las personas pasajeras, tripulación, personal de tierra y público en un aeropuerto o en el recinto de una instalación de aviación civil.
Artículo adicionado DOF 03-05-2023
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## Resumen corto

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Regla de LAero sobre concesiones y uso de recursos públicos: La Agencia Federal de Aviación Civil tiene como un objetivo primordial la seguridad de las personas usuarias, de las tripulaciones, de las personas que prestan servicios...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. La Agencia Federal de Aviación Civil tiene como un objetivo primordial la seguridad de las personas usuarias, de las tripulaciones, de las personas que prestan servicios en tierra y de todas las personas dentro de los aeródromos civiles contra los actos...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 73 bis LAero, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 73 bis ley de aeropuertos, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos, Aeropuerto, Agencia Federal de Aviación Civil, Servicios, Agencia o entidad pública

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 73 bis de LAero.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Agencia o entidad pública

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Aeropuerto | aeródromo civil de servicio público con instalaciones y servicios adecuados para la recepción y despacho de aeronaves, personas pasajeras, carga y correo del servicio de transporte aéreo regular y no regular, así como de servicios aéreos a terceros y operaciones de aeronaves para uso particular. Los aeródromos civiles que tengan el carácter de aeropuerto únicamente pueden prestar servicio a las aeronaves de transporte aéreo regular | 2 |
| Agencia Federal de Aviación Civil | órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con autonomía técnica, operativa y administrativa, Autoridad de Aviación Civil del Estado mexicano; VII Ter. Disposiciones técnico-administrativas: circulares técnicas emitidas por la Agencia Federal de Aviación Civil y de carácter obligatorio que regulan la administración, operación, explotación, construcción y certificación de aeródromos civiles, así como los programas maestros de desarrollo, programas indicativos de inversiones en materia de construcción, conservación y mantenimiento, servicios aeroportuarios y complementarios, que se difunden en la Publicación de Información Aeronáutica de México y en el Diario Oficial de la Federación | 2 |
| Servicios | comprenden los aeroportuarios, complementarios y comerciales | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

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## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 73 bis de LAero?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. La Agencia Federal de Aviación Civil tiene como un objetivo primordial la seguridad de las personas usuarias, de las tripulaciones, de las personas que prestan servicios en tierra y de todas las personas dentro de los aeródromos civiles contra los actos...

### ¿Para qué sirve artículo 73 bis?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/laero.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAero.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAero.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
