# Ley De Amparo, Reglamentaria De Los Artículos 103 Y 107 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 205

Clave: LAmp
Artículo: 205
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 205
. El cumplimiento sustituto podrá ser solicitado por cualquiera de las partes o decretado de oficio por el órgano jurisdiccional que hubiera emitido la sentencia de amparo, en los casos en que:
Párrafo reformado DOF
La ejecución de la sentencia afecte gravemente a la sociedad en mayor proporción a los beneficios que pudiera obtener la persona quejosa, o
Fracción reformada DOF
Por las circunstancias materiales del caso, sea imposible o desproporcionadamente gravoso restituir las cosas a la situación que guardaban con anterioridad al juicio.
II
a solicitud podrá presentarse ante el órgano jurisdiccional que hubiera emitido la sentencia de amparo a partir del momento que ésta cause ejecutoria.
Párrafo reformado DOF
El cumplimiento sustituto se tramitará incidentalmente en los términos de los artículos
66
y
67
de
esta Ley
.
En el incidente, el órgano jurisdiccional que hubiera emitido la sentencia determinará si ha lugar o no al cumplimiento sustituto. En caso de resultar favorecida la petición, se abrirá un nuevo incidente para cuantificar el pago de daños y perjuicios.
Párrafo reformado DOF
Tanto la determinación sobre la procedencia del cumplimiento sustituto como la que cuantifique los daños y perjuicios serán recurribles mediante el recurso de queja previsto en el artículo
97
, fracción I, inciso h) de
esta Ley
, del cual conocerán los tribunales colegiados de circuito.
Párrafo adicionado DOF
II
ndependientemente de lo establecido en los párrafos anteriores, la persona quejosa y la autoridad responsable pueden celebrar convenio a través del cual se tenga por cumplida la ejecutoria. Del convenio se dará aviso al órgano judicial de amparo; éste, una vez que se le compruebe que los términos del convenio fueron cumplidos, mandará archivar el expediente.
Párrafo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Amparo, Reglamentaria De Los Artículos 103 Y 107 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, artículo 205.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
