# Ley De Amparo, Reglamentaria De Los Artículos 103 Y 107 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 248

Clave: LAmp
Artículo: 248
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 248
. Se impondrá multa de setenta a setecientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien para dar competencia a una jueza o un juez de distrito o magistradas o magistrados del tribunal colegiado de apelación, de mala fe designe como autoridad ejecutora a quien no lo sea, siempre que no se reclamen actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo
22
de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Amparo, Reglamentaria De Los Artículos 103 Y 107 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, artículo 248.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
