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law_title: "Ley De Biocombustibles"
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# Ley De Biocombustibles - Artículo 30

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - De las Actividades Reguladas para Biocombustibles
- Capítulo I - De los Permisos y Autorizaciones

```text
Artículo 30.- Las personas interesadas en obtener los permisos y autorizaciones a que se refiere el artículo 25, deben presentar su solicitud ante la autoridad competente, utilizando los formatos que para tal efecto señalen las propias autoridades correspondientes.

Los formatos de solicitudes deben contener, cuando menos, los siguientes datos:

I.	Nombre, denominación o razón social y domicilio de la persona solicitante;

II.	Tipo de permiso que es de su interés obtener;

III.	En su caso, ubicación y descripción de las instalaciones, equipos y procesos con los que se pretendan desarrollar las actividades objeto del permiso, y

IV.	Los demás que, de acuerdo con el objeto del permiso, se señalen en el Reglamento y las disposiciones administrativas que resulten aplicables.
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## Resumen corto

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Regla de LBio sobre concesiones y uso de recursos públicos: Las personas interesadas en obtener los permisos y autorizaciones a que se refiere el artículo 25, deben presentar su solicitud ante la autoridad competente, utilizando...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Las personas interesadas en obtener los permisos y autorizaciones a que se refiere el artículo 25, deben presentar su solicitud ante la autoridad competente, utilizando los formatos que para tal efecto señalen las propias autoridades correspondientes.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 30 LBio, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 30 ley de biocombustibles, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 30 de LBio.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Requisito

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 25

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 30 de LBio?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Las personas interesadas en obtener los permisos y autorizaciones a que se refiere el artículo 25, deben presentar su solicitud ante la autoridad competente, utilizando los formatos que para tal efecto señalen las propias autoridades correspondientes.

### ¿Para qué sirve artículo 30?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lbio.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LBio.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LBio.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
