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law_title: "Ley De Biocombustibles"
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# Ley De Biocombustibles - Artículo 36

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - De las Actividades Reguladas para Biocombustibles
- Capítulo I - De los Permisos y Autorizaciones

```text
Artículo 36.- La SADER y la SENER pueden, en el ámbito de sus competencias, revocar los permisos expedidos y autorizaciones por cualquiera de las causas siguientes:

I.	Incumplir sin causa justificada y sin autorización de la SADER y la SENER, según corresponda, con el objeto, obligaciones, condiciones del permiso o autorización;

II.	Actualizar o modificar la información presentada originalmente en la solicitud del permiso sin autorización de la SADER y la SENER;

III.	Realizar prácticas indebidamente discriminatorias en perjuicio de las personas usuarias;

IV.	No respetar la regulación en materia de precios y tarifas, incluida la correspondiente en materia de contabilidad regulatoria, así como los términos y condiciones que, en su caso, llegue a fijar la autoridad competente o, en su caso, las disposiciones que los regulan;

V.	Ceder o gravar los permisos, los derechos en ellos conferidos, o los bienes utilizados para su ejecución, sin la autorización de la SADER y la SENER, según corresponda;

VI.	No otorgar o no mantener en vigor las garantías o los seguros correspondientes incluyendo aquéllos necesarios para cubrir daños a terceras personas, conforme a la regulación que para el efecto se emita;

VII.	No cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas;

VIII.	Incumplir de forma continua el pago de contribuciones y aprovechamientos por los servicios de supervisión de los permisos.

	Para efectos de esta fracción se considera que el incumplimiento es continuo cuando la persona permisionaria omita el pago por más de un ejercicio fiscal;

IX.	No acatar las resoluciones que, en el ámbito de su competencia, expida la dependencia encargada de formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país;

X.	Cuando se ponga en riesgo la seguridad alimentaria del país;

XI.	Realizar actividades de importación, exportación, Transporte, Comercialización, Almacenamiento, Distribución o Expendio al Público de Biocombustibles, que se compruebe no hayan sido producidos o adquiridos de forma lícita y que haya sido determinado por resolución firme de autoridad competente, y

XII.	Las demás previstas en el permiso o autorización respectiva.
```

## Resumen corto

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Regla de LBio sobre concesiones y uso de recursos públicos: La SADER y la SENER pueden, en el ámbito de sus competencias, revocar los permisos expedidos y autorizaciones por cualquiera de las causas siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. La SADER y la SENER pueden, en el ámbito de sus competencias, revocar los permisos expedidos y autorizaciones por cualquiera de las causas siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 36 LBio, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 36 ley de biocombustibles, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 36 de LBio.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito
- Sanción
- Procedimiento
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 36 de LBio?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. La SADER y la SENER pueden, en el ámbito de sus competencias, revocar los permisos expedidos y autorizaciones por cualquiera de las causas siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 36?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lbio.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LBio.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LBio.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
