# Ley De Biocombustibles - Artículo séptimo

Clave: LBio
Artículo: séptimo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
séptimo.
.- La
debe expedir los formatos para la Bitácora prevista en el artículo
31
de la
presente Ley
, dentro de los ciento ochenta días siguientes a la fecha de su entrada en vigor.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Biocombustibles, artículo séptimo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
