# Ley De Comercio Exterior - Artículo 11

Clave: LCE
Artículo: 11
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 11
.- En la importación de mercancías sujetas al cumplimiento de reglas de origen, el importador deberá comprobar su origen en el tiempo y forma establecidos en los ordenamientos aplicables. Corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigilar y verificar el cumplimiento de las reglas de origen.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Comercio Exterior, artículo 11.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
