# Ley De Comercio Exterior - Artículo 38

Clave: LCE
Artículo: 38
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 38
.- Al calcularse el monto de la subvención recibida por la mercancía extranjera exportada a México, se deducirá el total de los impuestos de exportación, derechos u otros gravámenes a que se haya sometido la exportación de la mercancía en el país de origen, destinados a neutralizar la subvención.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Comercio Exterior, artículo 38.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
