# Ley De Coordinación Fiscal - Artículo 1o

Clave: LCF
Artículo: 1o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 1o
.-
Esta Ley
tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la Federación con las entidades federativas, así como con los municipios y demarcaciones territoriales, para establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento.
Cuando en
esta Ley
se utilicen los términos entidades federativas o entidades, éstos se referirán a los Estados y al Distrito Federal.
La
celebrará convenio con las entidades que soliciten adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que establece
esta Ley
. Dichas entidades participarán en el total de los impuestos federales y en los otros ingresos que señale
esta Ley
mediante la distribución de los fondos que en la misma se establecen.
La información financiera que generen las entidades federativas y los municipios, relativa a la coordinación fiscal, se deberá regir por los principios de transparencia y de contabilidad gubernamental, en los términos de la
Ley General de Contabilidad Gubernamental
.
Artículo reformado DOF
,
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Coordinación Fiscal, artículo 1o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
