# Ley De Cooperación Internacional Para El Desarrollo - Artículo octavo

Clave: LCID_061120
Artículo: octavo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
octavo.
. El personal de la
que, en aplicación de
esta Ley
pase a la AMEXCID, incluido el perteneciente al Servicio Exterior Mexicano, en ninguna forma resultará afectado en los derechos que haya adquirido en virtud de su relación laboral con la Administración Pública Federal.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Cooperación Internacional Para El Desarrollo, artículo octavo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
