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law_title: "Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación"
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# Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación - Artículo 2

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO
- CAPÍTULO ÚNICO - DISPOSICIONES GENERALES

```text
Artículo 2. Glosario
Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I.	Carrera Judicial: Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación;

II.	Conflicto de interés: La posible afectación al desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas en razón de intereses personales, familiares o de negocios;

III.	Constitución: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

IV.	Defensoría Pública: Instituto Federal de Defensoría Pública;

V.	Directora o Director General: Directora o Director General de la Escuela Nacional de Formación Judicial;

VI.	Escuela Judicial: Escuela Nacional de Formación Judicial;

VII.	Integrantes del Órgano de Administración Judicial: Las personas que integran el Pleno del Órgano de Administración Judicial;

VIII.	Ley: Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación;

IX.	Órgano: El Órgano de Administración Judicial;

X.	Órgano Jurisdiccional: Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de Apelación, Plenos Regionales, Centros de Justicia Penal Federal, Juzgados de Distrito, Tribunales Laborales Federales o el Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones;

XI.	Pleno: Pleno del Órgano de Administración Judicial;

XII.	Presidenta/Presidente: Presidenta o Presidente del Órgano de Administración Judicial;

XIII.	Registro Único: Registro Único de Personas Servidoras Públicas de la Carrera Judicial;

XIV.	Suprema Corte: Suprema Corte de Justicia de la Nación;

XV.	Titulares: Las Magistradas y los Magistrados de Circuito, así como las Juezas y los Jueces de Distrito y sus categorías equivalentes en el sistema penal acusatorio y en el nuevo sistema de justicia laboral;

XVI.	Tribunal Electoral: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y

XVII.	Vínculo o relación familiar: El o la que tienen las personas servidoras públicas con su cónyuge, concubina o concubinario, conviviente o con quien o quienes sostengan relación análoga a las anteriores, conforme a las legislaciones aplicables que regulen instituciones o figuras del derecho de familia, así como con parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, tanto en línea recta, como colateral.
```

## Resumen corto

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Regla de LCJPJF sobre regla aplicable: Glosario Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Glosario Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 2 LCJPJF, regla aplicable, artículo 2 ley de carrera judicial del poder judicial de la federacion, Carrera Judicial, Conflicto de interés, Defensoría Pública, Directora o Director General, Escuela Judicial, Integrantes del Órgano de Administración Judicial, Poder Judicial de la Federación

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 2 de LCJPJF.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Definición
- Derecho o facultad
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Poder Judicial de la Federación

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Carrera Judicial | Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación | 2 |
| Conflicto de interés | La posible afectación al desempeño imparcial y objetivo de las funciones de las personas servidoras públicas en razón de intereses personales, familiares o de negocios | 2 |
| Defensoría Pública | Instituto Federal de Defensoría Pública | 2 |
| Directora o Director General | Directora o Director General de la Escuela Nacional de Formación Judicial | 2 |
| Escuela Judicial | Escuela Nacional de Formación Judicial | 2 |
| Integrantes del Órgano de Administración Judicial | Las personas que integran el Pleno del Órgano de Administración Judicial | 2 |
| Órgano | El Órgano de Administración Judicial | 2 |
| Órgano Jurisdiccional | Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de Apelación, Plenos Regionales, Centros de Justicia Penal Federal, Juzgados de Distrito, Tribunales Laborales Federales o el Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones | 2 |
| Pleno | Pleno del Órgano de Administración Judicial | 2 |
| Presidenta/Presidente | Presidenta o Presidente del Órgano de Administración Judicial | 2 |
| Registro Único | Registro Único de Personas Servidoras Públicas de la Carrera Judicial | 2 |
| Suprema Corte | Suprema Corte de Justicia de la Nación | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos (`CPEUM`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 2 de LCJPJF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Glosario Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

### ¿Para qué sirve artículo 2?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcjpjf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LCJPJF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCJPJF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
