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law_title: "Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación"
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# Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación - Artículo 48

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - CARRERA JUDICIAL
- CAPÍTULO DÉCIMO - REGISTRO ÚNICO DE PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA CARRERA JUDICIAL

```text
Artículo 48. Información
El Poder Judicial de la Federación, para efectos del Registro, podrá recabar información de recursos humanos proporcionada por las autoridades o instituciones con las cuales se suscriban convenios.

La información contenida en el Registro deberá ser resguardada por el Poder Judicial de la Federación conforme a las leyes y disposiciones administrativas de la materia.
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## Resumen corto

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Regla de LCJPJF sobre regla aplicable: Información El Poder Judicial de la Federación, para efectos del Registro, podrá recabar información de recursos humanos proporcionada por las autoridades o...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Información El Poder Judicial de la Federación, para efectos del Registro, podrá recabar información de recursos humanos proporcionada por las autoridades o instituciones con las cuales se suscriban convenios.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 48 LCJPJF, regla aplicable, artículo 48 ley de carrera judicial del poder judicial de la federacion, Poder Judicial de la Federación

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 48 de LCJPJF.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Poder Judicial de la Federación

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 48 de LCJPJF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Información El Poder Judicial de la Federación, para efectos del Registro, podrá recabar información de recursos humanos proporcionada por las autoridades o instituciones con las cuales se suscriban convenios.

### ¿Para qué sirve artículo 48?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcjpjf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LCJPJF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCJPJF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
