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law_title: "Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación"
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# Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación - Artículo 73

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO
- CAPÍTULO ÚNICO - DE LA ESCUELA NACIONAL DE FORMACIÓN JUDICIAL

```text
Artículo 73. Defensores públicos o Defensoras públicas y Asesoras o Asesores jurídicos
Corresponde a la Escuela Judicial la capacitación y actualización del personal del Instituto Federal de Defensoría Pública, así como la realización de los concursos de oposición para Defensoras públicas o Defensores públicos y Asesoras o Asesores jurídicos, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Defensoría Pública.

Los procesos de selección y oposición para el ingreso al servicio de carrera del Instituto Federal de Defensoría Pública se sujetarán, en lo conducente, a las disposiciones del Título Segundo, Capítulo Sexto, Sección Segunda de esta Ley, y a los acuerdos generales del Órgano. Los demás aspectos del servicio se regirán por lo dispuesto por la Ley Federal de Defensoría Pública.
```

## Resumen corto

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Regla de LCJPJF sobre regla aplicable: Defensores públicos o Defensoras públicas y Asesoras o Asesores jurídicos Corresponde a la Escuela Judicial la capacitación y actualización del personal del Instituto...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Defensores públicos o Defensoras públicas y Asesoras o Asesores jurídicos Corresponde a la Escuela Judicial la capacitación y actualización del personal del Instituto Federal de Defensoría Pública, así como la realización de los concursos de oposición para...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 73 LCJPJF, regla aplicable, artículo 73 ley de carrera judicial del poder judicial de la federacion, Defensoría Pública, Escuela Judicial, Órgano

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 73 de LCJPJF.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Defensoría Pública | Instituto Federal de Defensoría Pública | 2 |
| Escuela Judicial | Escuela Nacional de Formación Judicial | 2 |
| Órgano | El Órgano de Administración Judicial | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley Federal De Defensoría Pública (`LFDefP`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 73 de LCJPJF?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Defensores públicos o Defensoras públicas y Asesoras o Asesores jurídicos Corresponde a la Escuela Judicial la capacitación y actualización del personal del Instituto Federal de Defensoría Pública, así como la realización de los concursos de oposición para...

### ¿Para qué sirve artículo 73?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcjpjf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LCJPJF.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCJPJF.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
