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law_key: "LCJPJF"
title: "Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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# Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación

## Resumen de la ley

La Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación establece las bases para el desarrollo profesional de las personas servidoras públicas jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación. Regula ingreso, formación, promoción, evaluación del desempeño, permanencia y separación del cargo con base en mérito, igualdad real de oportunidades, independencia, imparcialidad, profesionalismo, perspectiva de género, combate al nepotismo y prevención de violencia institucional. También regula categorías de carrera, requisitos, concursos de oposición, registro único, derechos, obligaciones, escuela judicial, capacitación, evaluación, reconocimientos y responsabilidades.

## Qué regula

- Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación.
- Ingreso, promoción, evaluación, permanencia y separación.
- Categorías de personal jurisdiccional.
- Requisitos para secretarías, actuarios, oficiales judiciales y otras categorías.
- Concursos de oposición internos, abiertos y mixtos.
- Formación, capacitación, evaluación y desarrollo profesional.
- Registro Único de personas servidoras públicas de la Carrera Judicial.
- Paridad de género, perspectiva de género y combate a violencia institucional.
- Impedimentos por nepotismo, conflicto de interés y relaciones familiares.
- Escuela Nacional de Formación Judicial y responsabilidades.

## A quién aplica

- Personas servidoras públicas jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación.
- Aspirantes a ingresar a la Carrera Judicial.
- Secretarias, secretarios, actuarias, actuarios, oficiales judiciales y categorías equivalentes.
- Titulares de órganos jurisdiccionales federales.
- Órgano de Administración Judicial.
- Escuela Nacional de Formación Judicial.
- Suprema Corte, Tribunal Electoral, Tribunal de Disciplina Judicial y órganos auxiliares en sus ámbitos.
- Instituto Federal de Defensoría Pública cuando intervengan procesos de formación o concursos.

## Materias principales

- Carrera judicial y servicio público jurisdiccional.
- Mérito, igualdad de oportunidades y profesionalización.
- Concursos de oposición y nombramientos.
- Formación judicial y evaluación del desempeño.
- Permanencia, separación y reconocimientos.
- Paridad de género y perspectiva de género.
- Combate al nepotismo, conflicto de interés y vínculos familiares.
- Prevención de hostigamiento, acoso sexual y violencia de género.
- Registro único, información y responsabilidades administrativas.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Carrera Judicial | Sistema institucional de ingreso, formación, promoción, evaluación, permanencia y separación de personal jurisdiccional. |
| Órgano | Órgano de Administración Judicial. |
| Escuela Judicial | Escuela Nacional de Formación Judicial. |
| Registro Único | Padrón de personas servidoras públicas de la Carrera Judicial. |
| Titulares | Magistradas, magistrados, juezas, jueces y categorías equivalentes de órganos jurisdiccionales. |
| Conflicto de interés | Posible afectación a imparcialidad y objetividad por intereses personales, familiares o de negocios. |
| Vínculo familiar | Relación con cónyuge, concubina, conviviente o parientes hasta el grado previsto por la ley. |
| Concurso de oposición | Procedimiento de selección basado en mérito para ingreso o promoción. |
| Evaluación del desempeño | Método para valorar cumplimiento cualitativo y cuantitativo de funciones y objetivos. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Objeto y glosario | 1 a 3 | Entender alcance y normas aplicables a la Carrera Judicial. |
| Finalidad y principios | 4 a 10 | Revisar definición, fines, acceso, principios, género y perfil judicial. |
| Categorías y requisitos | 11 a 20 | Identificar cargos, requisitos y categorías de carrera. |
| Etapas de carrera | 21 a 40 | Consultar ingreso, promoción, concursos, evaluación, permanencia y separación. |
| Derechos y obligaciones | 41 a 50 | Revisar paridad, derechos, obligaciones, registro y reconocimientos. |
| Nepotismo e impedimentos | 51 a 59 | Ubicar restricciones por vínculos familiares, pareja o conflicto de interés. |
| Hostigamiento y acoso | 60 a 63 | Revisar prevención, prohibiciones, sanciones y cambios de adscripción. |
| Escuela Judicial | 64 a 73 | Conocer formación, capacitación, concursos, investigación y programas. |
| Responsabilidades | 74 | Relacionar la ley con régimen de responsabilidades administrativas. |

## Plazos importantes

- Las convocatorias a concursos de oposición deben publicarse conforme a periodicidad y reglas previstas por la ley.
- En concursos, la convocatoria debe publicarse por una vez en el Diario Oficial de la Federación y por dos veces en un diario de circulación nacional, con intervalo legal.
- La actualización sobre vínculos familiares o de pareja debe refrendarse en los meses de mayo y noviembre de cada año.
- La información del Registro Único sobre capacitación y desarrollo debe actualizarse permanentemente.
- La Dirección de la Escuela Judicial y los integrantes del Comité Académico tienen periodos de duración previstos por la ley.
- La evaluación del desempeño y permanencia se sujetan a reglas y acuerdos generales emitidos por el Órgano.

## Derechos principales

- Derecho a aspirar a cargos de Carrera Judicial si se cumplen requisitos.
- Derecho a igualdad real de oportunidades y procesos basados en mérito.
- Derecho a nombramiento, remuneraciones y prestaciones cuando se cumplan requisitos.
- Derecho a formación, capacitación, profesionalización y evaluación objetiva.
- Derecho a desarrollo profesional y reconocimientos conforme al desempeño.
- Derecho a un ambiente libre de hostigamiento, acoso sexual y violencia de género.
- Derecho a protección de datos e información del Registro Único conforme a la ley.

## Obligaciones principales

- Ejercer funciones con legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a derechos humanos.
- Cumplir principios de excelencia, imparcialidad, independencia y ética judicial.
- Participar en capacitación, formación y evaluación del desempeño.
- Informar, registrar, refrendar y actualizar vínculos familiares o de pareja.
- Abstenerse de intervenir en nombramientos impedidos por nepotismo o conflicto de interés.
- Prevenir y evitar hostigamiento laboral, acoso sexual y violencia de género.
- Cumplir acuerdos generales, reglas de carrera, responsabilidades administrativas y normativa aplicable.

## Autoridades relacionadas

- Órgano de Administración Judicial.
- Escuela Nacional de Formación Judicial.
- Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
- Tribunal de Disciplina Judicial.
- Instituto Federal de Defensoría Pública.
- Órganos jurisdiccionales federales.
- Áreas administrativas responsables de registro, evaluación, personal y consultas.
- Autoridades de responsabilidades administrativas.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Concurso abierto, interno o mixto de oposición.
- Ingreso a categoría de oficial judicial u otras categorías.
- Promoción a actuaria, secretario, asistente, instructor u otra categoría.
- Evaluación del desempeño.
- Actualización del Registro Único.
- Registro de vínculos familiares, pareja o conflicto de interés.
- Consulta sobre nombramientos potencialmente impedidos.
- Solicitud de capacitación o participación en programas de Escuela Judicial.
- Cambio de adscripción por medidas de prevención frente a acoso o violencia.
- Procedimiento de separación, remoción o responsabilidad administrativa.

## Sanciones o consecuencias

- Nombramientos realizados en contra de impedimentos pueden quedar sin efectos.
- Las personas titulares que intervengan en nombramientos prohibidos pueden incurrir en responsabilidad administrativa.
- El acoso sexual, hostigamiento o violencia puede generar responsabilidad administrativa y medidas de adscripción.
- La evaluación del desempeño puede incidir en permanencia, reconocimientos o separación.
- La separación deja sin efectos el nombramiento y derechos inherentes al cargo.
- Incumplir obligaciones de informar vínculos familiares o conflicto de interés puede generar consecuencias administrativas.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define objeto de la ley. |
| 4 | Define Carrera Judicial como sistema institucional. |
| 5 | Enumera finalidades de independencia, profesionalización y excelencia. |
| 7 | Establece principios rectores. |
| 8 | Incorpora perspectiva de género. |
| 11 | Enumera categorías de la Carrera Judicial. |
| 21 | Define etapas de ingreso, promoción, evaluación, permanencia y separación. |
| 22 a 28 | Regulan ingreso, promoción y concursos de oposición. |
| 42 | Reconoce derechos de personas integrantes de la Carrera Judicial. |
| 43 | Enumera obligaciones. |
| 51 a 59 | Regulan impedimentos y combate al nepotismo. |
| 64 a 73 | Regulan Escuela Judicial y formación. |
| 74 | Remite a régimen de responsabilidades. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/): base del Poder Judicial, servicio público, derechos y carrera judicial.
- [Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación](/LOPJF/): organización del Poder Judicial y órganos jurisdiccionales.
- [Ley De Amparo, Reglamentaria De Los Artículos 103 Y 107 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/LAmp/): función jurisdiccional federal y materia de formación.
- [Ley Federal De Defensoría Pública](/LFDefP/): capacitación y concursos del personal de defensoría pública.
- [Ley General De Responsabilidades Administrativas](/LGRA/): responsabilidades de servidores públicos.
- [Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública](/LGTAIP/): publicidad de resultados e información pública.
- [Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados](/LGPDPPSO/): resguardo de datos del Registro Único.

## Reformas y vigencia

El texto fuente indica que la Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2025. Es una ley reciente vinculada a la reorganización judicial, por lo que su aplicación debe revisarse junto con acuerdos generales, transitorios y normativa emitida por el Órgano de Administración Judicial y la Escuela Judicial.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata la Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación?

Regula ingreso, formación, promoción, evaluación, permanencia y separación del personal jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación.

### ¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar concursos judiciales, requisitos de cargos, evaluación del desempeño, derechos, obligaciones, nepotismo, acoso laboral o formación judicial.

### ¿Qué es la Carrera Judicial?

Es un sistema institucional basado en mérito e igualdad de oportunidades para desarrollar profesionalmente a personas servidoras públicas jurisdiccionales.

### ¿Cómo se ingresa a la Carrera Judicial?

Principalmente mediante concursos de oposición y procesos de selección organizados conforme a la ley y acuerdos del Órgano de Administración Judicial.

### ¿La ley regula nepotismo?

Sí. Establece impedimentos para nombramientos, prórrogas o promociones cuando existan vínculos familiares, de pareja o conflicto de interés.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcjpjf.htm)
- Word oficial: [LCJPJF.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LCJPJF.doc)
- PDF oficial: [LCJPJF.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCJPJF.pdf)
- PDF móvil: [Ley_de_Carrera_Judicial_del_Poder_Judicial.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_de_Carrera_Judicial_del_Poder_Judicial.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y creado por IA con revisión editorial; no sustituye asesoría legal profesional ni la consulta de la fuente oficial.
