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law_title: "Ley De Concursos Mercantiles"
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# Ley De Concursos Mercantiles - Artículo 244 Bis

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO OCTAVO - De los concursos especiales
- Capítulo II - Del concurso mercantil de las Instituciones Financieras

```text
Artículo 244 Bis.- Para efectos de lo dispuesto en el presente Capítulo, se entenderá por:

I.	Institución Financiera: a la entidad que las leyes federales le otorgan tal carácter. Quedan excluidas las instituciones de crédito, las organizaciones auxiliares del crédito y las personas que realicen actividades auxiliares del crédito.

II.	Comisión Supervisora: Aquella que de conformidad con las disposiciones que le resultan aplicables, sea responsable de la supervisión y vigilancia de una Institución Financiera.
Artículo adicionado DOF 10-01-2014
```

## Resumen corto

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Regla de LCM sobre competencia de autoridades: Para efectos de lo dispuesto en el presente Capítulo, se entenderá por:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para efectos de lo dispuesto en el presente Capítulo, se entenderá por:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 244 bis LCM, competencia de autoridades, artículo 244 bis ley de concursos mercantiles, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LCM, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 244 bis de LCM.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 244
- 10

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 244 bis de LCM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Para efectos de lo dispuesto en el presente Capítulo, se entenderá por:

### ¿Para qué sirve artículo 244 bis?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LCM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
