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law_title: "Ley De Concursos Mercantiles"
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# Ley De Concursos Mercantiles - Artículo 252

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO OCTAVO - De los concursos especiales
- Capítulo II - Del concurso mercantil de las Instituciones Financieras

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Artículo 252.- Las propuestas de enajenación que presente el síndico, con la aprobación de la Comisión Supervisora, podrán ser objetadas por la Institución Financiera y el juez resolverá lo conducente.
Artículo reformado DOF 10-01-2014
```

## Resumen corto

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Regla de LCM sobre competencia de autoridades: Las propuestas de enajenación que presente el síndico, con la aprobación de la Comisión Supervisora, podrán ser objetadas por la Institución Financiera y el juez...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las propuestas de enajenación que presente el síndico, con la aprobación de la Comisión Supervisora, podrán ser objetadas por la Institución Financiera y el juez resolverá lo conducente.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 252 LCM, competencia de autoridades, artículo 252 ley de concursos mercantiles, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LCM, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 252 de LCM.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 252 de LCM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Las propuestas de enajenación que presente el síndico, con la aprobación de la Comisión Supervisora, podrán ser objetadas por la Institución Financiera y el juez resolverá lo conducente.

### ¿Para qué sirve artículo 252?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LCM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
