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# Ley De Concursos Mercantiles - Artículo 292

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO - De la cooperación en los procedimientos internacionales
- Capítulo III - Del reconocimiento de un procedimiento extranjero y medidas otorgables

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Artículo 292.- El Representante Extranjero podrá solicitar ante el juez el reconocimiento del Procedimiento Extranjero en el que haya sido nombrado.

Toda solicitud de reconocimiento deberá presentarse acompañada de:

I.	Una copia certificada por el Tribunal Extranjero de la resolución por la que se declare abierto el Procedimiento Extranjero y se nombre el Representante Extranjero;

II.	Un certificado expedido por el Tribunal Extranjero en el que se acredite la existencia del Procedimiento Extranjero y el nombramiento del Representante Extranjero, o

III.	En ausencia de una prueba conforme a las fracciones I y II, acompañada de cualquier otra prueba admisible por el juez de la existencia del Procedimiento Extranjero y del nombramiento del Representante Extranjero.

Toda solicitud de reconocimiento deberá presentarse acompañada de una declaración en la que se indiquen debidamente los datos de todos los Procedimientos Extranjeros abiertos respecto del Comerciante de los que tenga conocimiento el Representante Extranjero.

El juez deberá exigir que todo documento presentado en idioma extranjero en apoyo de una solicitud de reconocimiento sea acompañado de su traducción al español.

Igualmente, se deberá expresar el Domicilio del Comerciante para el efecto de que se le emplace con la solicitud. El procedimiento se tramitará como incidente entre el Representante Extranjero y el Comerciante, con intervención, según sea el caso, del visitador, el conciliador o el síndico.
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## Resumen corto

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Regla de LCM sobre redes, interconexión e infraestructura: El Representante Extranjero podrá solicitar ante el juez el reconocimiento del Procedimiento Extranjero en el que haya sido nombrado.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre redes, interconexión e infraestructura. El Representante Extranjero podrá solicitar ante el juez el reconocimiento del Procedimiento Extranjero en el que haya sido nombrado.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 292 LCM, redes, interconexión e infraestructura, artículo 292 ley de concursos mercantiles, redes, interconexión, infraestructura

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 292 de LCM.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Requisito
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 292 de LCM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre redes, interconexión e infraestructura. El Representante Extranjero podrá solicitar ante el juez el reconocimiento del Procedimiento Extranjero en el que haya sido nombrado.

### ¿Para qué sirve artículo 292?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LCM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
