# Ley De Concursos Mercantiles - Artículo sexto

Clave: LCM
Artículo: sexto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
sexto.
.- Dentro de los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor de la
presente Ley
, deberá instalarse el Instituto y dentro de los sesenta días naturales siguientes a su instalación deberá expedir las disposiciones reglamentarias previstas en la misma.
En caso de que se presente alguna solicitud o demanda para la declaración del concurso mercantil de un Comerciante sin que se haya cumplido con lo dispuesto en el primer párrafo de este artículo, dicha solicitud o demanda quedará suspendida hasta que se haya concluido la instalación del Instituto y se hubiese emitido la reglamentación correspondiente.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Concursos Mercantiles, artículo sexto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
