# Ley De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos - Artículo 72 quáter

Clave: LCNDH
Artículo: 72-quáter
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 72 quáter
.- El Órgano Interno de Control deberá inscribir y mantener actualizada la información correspondiente del Sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal; de todos los servidores públicos de la Comisión Nacional, de conformidad con la
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción
y la
Ley General de Responsabilidades Administrativas
.
El titular del Órgano Interno de Control se abstendrá de desempeñar cualquier otro empleo, trabajo o comisión públicos o privados, con excepción de los cargos docentes.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos, artículo 72-quáter.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
