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law_title: "Ley De La Comisión Nacional De Energía"
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# Ley De La Comisión Nacional De Energía - Artículo 23

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LA ORGANIZACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN
- Capítulo III - Del Comité Técnico

```text
Artículo 23.- Las personas expertas técnicas están impedidas para conocer asuntos en que tengan interés directo o indirecto. Se considera que existe interés directo o indirecto cuando una persona experta técnica:

I.	Tiene parentesco por consanguinidad, sin límite de grado, así como no ser cónyuge, concubina o concubinario, o integrante de una sociedad de convivencia, con alguna persona interesada o sus representantes;

II.	Tenga interés personal, familiar o de negocios en el asunto, incluyendo aquellos de los que pueda resultar su beneficio, su cónyuge, concubina o concubinario, o integrante de una sociedad de convivencia a la que pertenezca o sus parientes;

III.	Su cónyuge, concubina o concubinario, o integrante de una sociedad de convivencia a la que pertenezca o sus parientes en línea recta sin limitación de grado tengan o hayan aceptado derechos sucesorios o celebrado Contratos de donación o fianza con alguna de las personas interesadas o sus representantes, y

IV.	Haya sido testigo, apoderada, patrona o defensora en un asunto relacionado con las Actividades en materia energética, o haya gestionado en favor o en contra de alguna de las personas interesadas en dicho asunto.

Las personas expertas técnicas deben excusarse del conocimiento de los asuntos en que se presente alguno de los impedimentos señalados en el presente artículo en cuanto tengan conocimiento de su impedimento, expresando concretamente la causa de este, en cuyo caso el Comité Técnico debe calificar y resolver sobre la excusa.
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## Resumen corto

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Regla de LCNE sobre regla aplicable: Las personas expertas técnicas están impedidas para conocer asuntos en que tengan interés directo o indirecto.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las personas expertas técnicas están impedidas para conocer asuntos en que tengan interés directo o indirecto.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 23 LCNE, regla aplicable, artículo 23 ley de la comision nacional de energia

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 23 de LCNE.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 23 de LCNE?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las personas expertas técnicas están impedidas para conocer asuntos en que tengan interés directo o indirecto.

### ¿Para qué sirve artículo 23?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcne.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LCNE.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCNE.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
