# Ley De La Comisión Nacional De Energía - Artículo cuarto

Clave: LCNE
Artículo: cuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
cuarto.
.- La persona titular del Ejecutivo Federal debe expedir el reglamento interior de la Comisión dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De La Comisión Nacional De Energía, artículo cuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
