# Ley De Caminos, Puentes Y Autotransporte Federal - Artículo cuarto

Clave: LCPAF
Artículo: cuarto
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
cuarto.
.- Las infracciones cometidas con anterioridad a la entrada en vigor de la
presente Ley
, se sancionarán de conformidad con las disposiciones vigentes al momento en que se cometieron.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Caminos, Puentes Y Autotransporte Federal, artículo cuarto.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
